Dania Virgen García
Las madres Barbará Real Gobea madre de Yasmany Delgado
Real de 26 años de edad, y Yamilet Boloy Barriento madre de Alfredo Reynier
Argudín Boloy, de 23 años de edad, quienes fueron acusados por el delito de
receptación en la causa 49 de 2014. Reclaman justicia para sus hijos. Afirman
que estos no son elementos antisociales.
El domingo 20 de octubre de 2013, los acusados Yasmany y
Alfredo Reynier, aproximadamente a las 10 y 30 de la mañana se encontraban en
la Calzada de San Miguel. Cuando apareció un carro patrullero operativo y uno de los uniformados llamado Alieski de la O Hidalgo, le pidió la
mochila a Yasmany. El agente observó que dentro de ella habían unos metros de
cables telefónicos de Neopolín.
Los dos jóvenes fueron introducidos en la patrulla y
conducidos a la 11na unidad de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) del
municipio de San Miguel del Padrón. Allí permanecieron detenidos en el
depósito, hasta el día siguiente en que fueron trasladados para la Unidad de
Instrucción de Acosta, situada en el municipio Diez de Octubre.
En la 11na unidad, los jóvenes fueron instruidos de
cargos y en la declaración confesaron que ellos tropezaron con un ciudadano
desconocido que les vendió los cables a 150CUP, moneda nacional. Cuando
llegaron a la Unidad de Instrucción, les tomaron las huellas dactilares y
buscaron rastros de acetona. Debido a que los cables no tenían números de
series, los instructores especularon que ellos se habían robado los cables.
Yasmany y Alfredo Reynier permanecieron en la Unidad de
Instrucción de Acosta 30 días, bajo coacciones y amenazas. Al cabo de estos,
los trasladaron para la prisión de Valle Grande situada al oeste de la capital.
El abogado de ambos, Daniel Mariño, presentó un cambio de medida.
Yasmany Delgado a los dos meses de estar en la prisión
fue liberado con una fianza de 1000CUP hasta el día del juicio. Alfredo Reynier
permaneció tres meses y medio sin cambio de medida cautelar.
El 20 de febrero de 2014, se celebró el juicio oral en el
Tribunal Municipal de Diez de Octubre. El juicio quedó concluso para sentencia.
Alfredo Reynier fue liberado a los cuatro días después
del juicio. Los cables fueron medidos por los policías que aseguraron que
habían 173 metros de cables valorados cada uno a treinta centavos, 0.30CUP,
para un total de 51.90CUP.
La fiscal pidió para los acusados dos años de privación
de libertad con internamiento.
Los acusados no quedaron satisfechos con las
declaraciones del abogado, ni con el esfuerzo realizado dadas las violaciones
cometidas.
El 5 de marzo la sentencia le fue entregada al abogado y
el 11 del mismo mes, tuvieron conocimiento de la misma Alfredo y Yasmany, ya
casi al término de complementar los días establecidos para presentar apelación.
La sentencia les declaró autores por ejecución directa de
un delito tipificado de receptación, a
tres años de reclusión a cada uno, subsidiados por trabajo correccional en
Campamento de Trabajo Forzado. Los acusados pudieron apelar, quedando sin lugar
la apelación y con la misma cantidad de años a extinguir.
El 29 de abril los jóvenes fueron citados al tribunal
para la notificación del Campamento y la fecha de entrada.
Yasmany Delgado Real y Alfredo Reynier Argudín Boloy, en
las investigaciones de su lugar de residencia recibieron las mejores
valoraciones por parte de los factores de la Comunidad. El primero trabajaba en
la campaña de fumigación de Salud Pública del policlínico Bernardo Posee, y el
segundo como cocinero en Prensa Latina.
Las madres de los acusados se han dirigidos a todas la
entidades gubernamentales en demanda de que se haga justicia con los dos
jóvenes que no cometieron delito alguno.
Que no sean
internados como delincuentes, ya que no presentan antecedentes penales y están
integrados a la sociedad. Temen que sean transformados en otras personas y que
les pueda suceder algo.
Hasta ahora, solo han obtenido respuestas desagradables y
malos tratos por parte de los funcionarios de las instituciones a que se han
dirigido.
dania@cubadentro.com